Platón y Locke: la Justicia y el Bien
Podemos decir que la preocupación ético-política del pensador clásico sigue estando presente en Locke: definir la Justicia. ¿Por qué? Porque la tarea platónica era la de buscar aquel régimen político que permitiese cumplir el ideal de Justicia del ciudadano, y así evitar los desmanes que las formas de gobierno conocidas habían causado en la historia reciente del mundo clásico. Para Locke la búsqueda se centra en otro punto de vista acerca de la Justicia: ¿cuándo se puede llamar justo a un Estado? La cuestión es ahora la de la Legitimidad del Gobierno.
Sin embargo, la manera de proceder de ambos pensadores es distinta. Para Platón el Gobierno ha de ser ejercido por aquellos ciudadanos que son iluminados por la Idea de Bien, es decir, que conocen la esencia del mundo o la verdadera realidad (los sabios filósofos). La justificación del gobierno reside en la sabiduría y, por tanto, los sabios gobernantes permitirán que cada ciudadano logre hacer triunfar el orden individual para el que está mejor dotado (por ejemplo, aquella alma en la que predomine la parte concupiscible deberá encomendársele las tareas básicas de sustento de la ciudad y sólo así el alma será armónica y justa).
Para Locke el Gobierno es aquella institución que posee el poder de ejecutar y hacer cumplir las Leyes. Y la buena Ley queda siempre supeditada a que consiga el Bien Común, es decir, no a conseguir el saber, como diría Platón, sino a conseguir la paz, la seguridad y la defensa de la propiedad de los bienes particulares. Sólo consiguiendo este fin el Estado, o la organización de la sociedad políticamente, estará legitimado o será justo. La noción de Bien cambia de Platón a los autores contractualistas porque pasamos de un criterio óntico-epistemológico (el Bien es la máxima realidad y la fuente del saber verdadero) a un criterio Utilitarista (la moral lockeana es utilitarista, el bien se define por lo que causa mayor felicidad a la mayoría, a saber, la defensa de la paz y la seguridad).
Santo Tomás y Locke: Ley Natural y Ley PositivaTanto Santo Tomás como Locke utilizan el concepto de Ley Natural con el sentido de una ley que responde a la esencia propia del ser humano que es ser racional (la ley natural es racional) y que, en último término, está avalada o se fundamenta en la Ley Divina (según Santo Tomás es Dios quien imprime en nuestra razón la ley eterna para conseguir que podamos alcanzar el bien –para el Aquinate Dios es la garantía de que el ser humano pueda alcanzar el bien-). La diferencia aparece cuando entramos en el ámbito político. El Estado en Santo Tomás siempre debe servir a los intereses de la Ley natural pues ya dijimos que el orden social tenía como meta imponer las Leyes naturales dándoles forma como Leyes humanas (leyes positivas). Para Locke, las leyes positivas son fruto del acuerdo de la Sociedad civil y no son fruto del Estado de naturaleza (aunque solo serán justas si logran respetar y concretar las leyes naturales). Este planteamiento rompe la continuidad entre el Estado de naturaleza y el Estado civil que defendería el planteamiento de Santo Tomás. Para Locke el Estado no es una consecuencia de la Ley natural sino de un pacto (debemos leer “convención”, “acuerdo”) entre unos seres humanos que viven en una situación de desamparo que provoca el imperio de la Ley natural. El Estado es necesario para Locke y no para Sto.Tomás.